PRINCIPIO DE PAGO LIMPIO DE PLANT DIRECT HOLDING B.V. (N.º Cámara de Comercio neerlandesa: 34097743)

El grupo Plant Direct Holding B.V. comprende las siguientes empresas: IBH Export B.V. (N.º Cámara de Comercio neerlandesa: 33281287), IBH Westland B.V. (N.º Cámara de Comercio neerlandesa: 56416806), IBH Export Germany B.V. (N.º Cámara de Comercio neerlandesa: 34354225), IBH Retail GmbH (HRB 15600), Greenfair International B.V. (N.º Cámara de Comercio neerlandesa: 34295952), Intermedex B.V. (N.º Cámara de Comercio neerlandesa: 34312392), Evagreen B.V. (N.º Cámara de Comercio neerlandesa: 69299692), IBH Sverige AB (CoC: 5591287999), Kirsti B.V. (N.º Cámara de Comercio neerlandesa: 34247014)



Conforme a la legislación y reglamentación, tanto neerlandesas como europeas, Plant Direct Holding B.V. y sus entidades subordinadas (en lo sucesivo: PDH) están obligadas a observar el principio "Conoce a tu cliente" (en lo sucesivo "principio KYC").

Tal como saben todos nuestros clientes, en PDH llevamos un expediente integral de cada uno de ellos con nuestro sistema CRM, que cumple el principio KYC.

Uno de los elementos del principio KYC es el establecimiento permanente de un vínculo directo entre la denominación comercial de su empresa y el comprobante de pago de la cuenta [IBAN] que usted utilice para el pago, en el que consten la denominación comercial de la empresa y los números de las facturas pagadas, elementos que se analizan con más detalle en el llamado PRINCIPIO DE PAGO LIMPIO DE PLANT DIRECT HOLDING.



¿Cuáles son los acuerdos que se establecen entre su empresa y PDH?

En aplicación del principio objeto del presente documento, que es la prolongación del principio KYC, el cual estamos obligados a observar, entre usted como cliente y PDH como su proveedor de flores, plantas y/o composiciones florales existen los siguientes acuerdos:

  • PDH identifica cada pago estableciendo un vínculo visual entre la denominación comercial de su empresa y el comprobante de pago de la cuenta [IBAN] que usted utilice para el pago, en el que consten la denominación comercial de la empresa, por un lado, y el número de la factura o facturas pagadas, por otro lado;
  • En ese marco contamos con que usted hará los pagos con una cuenta [IBAN] de la que sea titular directa su empresa y en cuyo comprobante consten la denominación comercial de su empresa y los números de factura que correspondan, de tal manera que PDH pueda identificar unos y otros;
  • Si no es ése el caso porque usted utilice los servicios de una empresa encargada de sus pagos según la modalidad de los llamados pagos de terceros por terceros, estamos obligados a comprobar la lógica, plausibilidad y legitimidad del recurso a dicho tercero. Por eso le queremos preguntar por qué tiene que recurrir a un tercero y por qué no puede hacer el pago o pagos directamente con su propia cuenta, a nombre de su empresa. Tal como sabemos de nuestra colaboración con usted, tal cosa se puede deber, por ejemplo, al grupaje de mercancías, a la complejidad del cambio de divisas extranjeras a euros o a otras razones. Le rogamos que responda a estas preguntas en el anexo de la última página;
  • Además, estamos obligados a identificar detalladamente a dichos terceros mediante su nombre comercial ―número de identificación fiscal― y al/a los UBO de dichos terceros mediante una copia del pasaporte del UBO (Último Beneficiario Económico que sea titular de al menos el 25 % de las participaciones sociales) en cuestión. Le rogamos que responda a estas preguntas en el anexo de la última página;
  • También, y según cuál sea su respuesta a la pregunta de por qué recurre a un tercero, investigaremos el funcionamiento interno la empresa de éste, el estado de funcionamiento correcto de su página web, la plausibilidad de la dirección del domicilio social que corresponda a las actividades empresariales, si los administradores / UBO son rastreables con la información crediticia y, finalmente, también investigaremos en Internet a los UBO del tercero en cuestión desde nuestra organización interna;
  • Una vez realizado ese control de visto bueno, contamos con que en la descripción del pago indique su nombre comercial y el número de la última factura que haya pagado en la modalidad de terceros. Dichos conceptos deberán comunicarse como flujo de trabajo (workflow) continuo en el marco de la cooperación entre su empresa y la empresa encargada de sus pagos. Además, PDH debe tener conocimiento de lo anterior mediante la correspondiente confirmación de pago;
  • Lo antedicho también es de aplicación si usted, como cliente, utiliza una tarjeta de crédito o de débito (en adelante: tarjeta). Esa tarjeta deberá estar registrada a nombre de la empresa de la que usted sea el UBO;
  • Puede ocurrir que usted quiera cambiar con su empresa de tercero encargado del pago. En tal caso estaríamos encantados de ofrecerle toda nuestra cooperación, siempre conforme a los siguientes criterios: en primer lugar, usted deberá comunicar su intención a su persona de contacto principal de PDH y al órgano directivo de ésta. A continuación, la organización interna de PDH llevará a cabo una comprobación obligatoria de la empresa que actúa como tercero suyo y del UBO de esa empresa. Una vez dado el visto bueno a ambos, PDH emitirá su aprobación para cambiar de tercero, por escrito y por correo electrónico, a continuación de lo cual usted podrá realizar el pago de acuerdo con el procedimiento arriba descrito. Si a la luz del resultado de nuestro control interno decidimos no dar el visto bueno al tercero propuesto, se lo comunicaremos cumplidamente y le informaremos de que no puede recurrir a ese tercero para realizar pagos a ninguno de los IBAN de PDH. Si, no obstante, PDH recibe un pago de un tercero no autorizado en uno de sus IBAN, se devolverá inmediatamente la suma ingresada al tercero en cuestión.
  • Lo anterior puede ocurrir también en caso de cambio de tarjeta de crédito o débito. En ese caso aplicaremos el mismo procedimiento descrito en el párrafo anterior, para lo cual esperamos contar con su plena colaboración.



¿Cómo cabe esperar que proceda PDH si su empresa no cumple o no puede cumplir con las situaciones arriba descritas relativas al flujo de trabajo de pagos?

  • Si se produce un pago dudoso, en el que no se hayan cumplido las estipulaciones arriba indicadas conforme al principio arriba descrito, le preguntaremos en primera instancia por qué, en calidad de cliente nuestro, no puede cumplir con el antedicho flujo de trabajo y le recordaremos los acuerdos que constituyen nuestro modus operandi en el caso concreto del flujo de pagos en cuestión entre usted como cliente nuestro y PDH. Además, concertaremos con usted una entrevista por videoconferencia o por teléfono;
  • Si se repite el caso, le enviaremos un segundo recordatorio. Además, concertaremos con usted una entrevista por videoconferencia o por teléfono;
  • Si se da el caso una tercera vez, PDH estará obligada a notificar a las autoridades neerlandesas el pago en cuestión, junto con la denominación comercial de su empresa y el número de la factura más antigua, en aplicación de la Ley neerlandesa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo [Wwft por sus siglas en neerlandés].



PDH informará a cada uno de sus clientes individualmente mediante carta aparte, que se enviará tanto en soporte papel como por correo electrónico. Naturalmente, usted dispondrá de la oportunidad de responder a la cuestión, cosa que podrá hacer directamente al órgano directivo de PDH. Esta sección documental también se adjuntará a modo de elemento aparte a nuestras condiciones generales, que forman parte de su expediente de cliente. Por tanto, le rogamos, como cliente de PDH y como UBO (Último Beneficiario Económico), que devuelva firmada a PDH la carta que se le ha enviado aparte. Una vez recibida dicha carta, en la que estamparemos nuestra firma junto a la de usted, procederemos a adjuntarla a su expediente de cliente. Si dentro del plazo de 4 semanas desde la fecha de esta carta no hemos recibido de su parte la correspondiente confirmación, mediante su firma en calidad de cliente y de UBO, consideraremos que usted está de acuerdo con ella y que está informado de las estipulaciones contenidas en ella y que tiene intención de cumplirlas/ejecutarlas.




La Dirección de Plant Direct Holding B.V.

ENERO DE 2021