Condiciones generales de IBH BUNG-LINDEN B.V.
depositadas en la Cámara de Comercio de Ámsterdam con el número 33281287.
1 GENERALES
1. Las presentes Condiciones Generales se aplican a todas las ofertas realizadas por un mayorista (en adelante, «IBH») y a la celebración y el cumplimiento de todos los contratos entre IBH y un cliente (en adelante, «comprador»).
2. Cualquier estipulación que difiera de lo aquí previsto deberá acordarse por escrito. En caso de que contradiga lo recogido en estas Condiciones Generales, prevalecerá lo acordado por separado.
2 OFERTAS/CONTRATO
1. Las ofertas no son vinculantes, salvo que incluyan un plazo. Cuando el comprador acepta una oferta no vinculante, IBH tiene derecho a retirarla durante los dos días hábiles siguientes a la recepción de la aceptación.
2. El contrato se celebra en el momento en que IBH acepta expresamente el pedido por cualquier vía usual del sector.
3. Las ofertas son válidas para una sola vez, y no se aplican a los pedidos repetidos.
3 PRECIOS
1. Generalmente, los precios se determinan en el momento en que se acepta el pedido.
2. Los precios son con entrega en la empresa IBH (Ex Works).
3. Los precios no incluyen impuestos sobre las ventas (IVA), aranceles de importación, impuestos y gravámenes, costes del control de calidad o la inspección fitosanitaria, costes de carga y descarga, embalaje, transporte, seguros ni otros conceptos similares.
4. Los precios se indican en euros, salvo que en la factura se indique otra moneda.
4 ENTREGA Y PLAZO
1. Los plazos de entrega que indica IBH son orientativos, y su incumplimiento no da derecho al comprador a cancelar el contrato ni a reclamar una indemnización salvo que así se hubiera acordado por escrito.
2. En caso de que IBH no pueda cumplir total o parcialmente sus obligaciones, avisará al comprador lo antes posible. En caso de que no pueda entregar la cantidad total del pedido, tendrá derecho a efectuar una entrega parcial, a suspender el cumplimiento del contrato o a entregar productos similares o del mismo valor, esto último de acuerdo con el comprador.
3. Salvo que se convenga algo distinto por escrito, el lugar de entrega será el almacén o el centro de procesamiento de IBH, u otro lugar que establezca IBH.
4. La entrega solo será gratuita en la medida en que así se recoja en la factura o en la confirmación del encargo de IBH.
5. IBH se reserva el derecho a no despachar un pedido en caso de que el comprador no haya cumplido los plazos de pago acordados de una entrega anterior.
6. Si el comprador no recoge los productos en el lugar y el momento acordados, incurrirá en incumplimiento de sus deberes y asumirá cualquier riesgo asociado a posibles pérdidas de calidad durante el almacenamiento. Los productos quedarán a su disposición, almacenados por su cuenta y riesgo.
7. Sin embargo, si el comprador continúa sin recoger los productos almacenados al cabo de un plazo razonable, que dependerá de su naturaleza, e IBH considera que existe el riesgo de que se estropeen o pierdan calidad, tendrá derecho a vendérselos a otro cliente a fin de limitar en lo posible los daños y perjuicios.
8. El incumplimiento por parte del comprador no lo exime de su obligación de pagar el precio total de la compra.
9. IBH no se responsabiliza de los daños y perjuicios resultantes de no haber realizado la entrega.
5 FUERZA MAYOR
1. IBH podrá cancelar total o parcialmente el contrato, o bien suspender temporalmente la entrega, por causas de fuerza mayor. Entre las causas de fuerza mayor se incluyen, entre otras: disturbios civiles, guerra, huelga (incluida la del proveedor), desastres naturales, epidemias, terrorismo, condiciones climáticas, obstrucciones del tráfico (por ejemplo, cortes de tráfico, obras viales o atascos), incendios, acciones gubernamentales y hechos similares.
6. EMBALAJE
1. El embalaje será conforme a lo habitual en los usos del comercio mayorista de plantas.
Los embalajes de un solo uso y los reutilizables, así como otros materiales de mayor vida útil (cartón y otros materiales de embalaje para plantas), se facturarán al comprador a precio de coste, salvo que se acuerde lo contrario. Si el material se devuelve en correcto estado dentro del plazo de 30 días a partir de la fecha de factura, se descontará de los gastos adeudados, deduciendo el coste del alquiler acordado y los del envío de devolución si procede. La devolución de los embalajes reutilizables y medios de transporte deberá efectuarse de conformidad con las indicaciones de FloraHolland y Container Centralen.
2. El comprador deberá encargarse de desechar los embalajes de un solo uso entregados por IBH, salvo que la ley disponga lo contrario, en cuyo caso IBH solo se hará cargo de asumir la eliminación de los que haya vendido, o bien, si son de tipo y material similar a los vendidos por IBH, hasta una cantidad máxima equivalente a la vendida.
3. Materiales de transporte son todos los objetos que se utilizan para transportar un producto y forman una unidad con él. Por ejemplo, CC Containers, carros, eurocontenedores, europalés y accesorios. Estos materiales se entregan al comprador en préstamo. No obstante, entre enero y diciembre de cada año se cobrará un alquiler por los CC Containers y estantes, eurocontenedores y eurobandejas que no se devuelvan inmediatamente después de la entrega de los productos. El precio del alquiler se notificará cada año por carta y a través del sitio web, y figurará en todas las facturas.
4. En caso de que el comprador no devuelva los materiales de transporte prestados o alquilados en un plazo de 60 días a partir de la entrega de los productos, y siga sin devolverlos tras concedérsele una prórroga de dos semanas, IBH podrá reclamar los siguientes costes de reemplazo:
a) CC-containers |
€ 120,00 |
b) Estantes CC |
€ 9,80 |
c) Alargadores cortos |
€ 0,50 |
d) Alargadores largos |
€ 0,90 |
e) Barras 180cm |
€ 5,80 |
f) Alargadores del plástico |
€ 0,40 |
g) Carros |
€ 1.600,00 |
h) Eurocontenedores |
€ 85,00 |
i) Bandejas de eurocontenedores |
€ 12,50 |
j) Europalés |
€12,00 |
El comprador podrá demostrar que los costes de sustitución son inferiores.
5. Se registrarán por escrito todos los movimientos de materiales de transporte reutilizables. Los extractos elaborados por IBH son saldos de una cuenta corriente de liquidación y contienen las existencias y sus cambios. Al enviar un extracto, IBH informa al comprador de que los saldos se considerarán aceptados si no se recibe ninguna objeción justificada en el plazo estipulado o, si en el extracto no se menciona ningún plazo, al cabo de dos semanas a partir de su envío.
6. Los embalajes señalados como propiedad de IBH únicamente pueden utilizarse para productos de IBH. Cualquier otro uso supondrá una violación del derecho de propiedad o uso de IBH, y la empresa se opondrá legalmente.
7. El comprador deberá cuidar los materiales de transporte y los embalajes reutilizables, y devolverlos limpios y en buen estado. La devolución de materiales de transporte y embalajes en mal estado solo se admitirá acompañada del pago de un precio de sustitución o reparación. Deberá devolverse la misma cantidad de materiales facilitada por IBH, y en la manera que IBH establezca. Se admite la devolución de otros materiales similares.
8. Los precios (incluidos los de alquiler) se publican en el sitio web o se comunican por otra vía válida; podrán ser modificados durante un plazo de cuatro semanas.
7. RECLAMACIONES
1. Las reclamaciones relativas a defectos visibles en el momento de la entrega deberán comunicarse a IBH de inmediato por fax, teléfono o correo electrónico. Además, deberán registrarse en los documentos de transporte. Si el comprador detecta otros defectos visibles durante la requerida inspección de los productos, deberá comunicárselos a IBH de la forma antes descrita en un plazo de 24 horas a partir de la entrega. Cuando el aviso se haga por teléfono, será necesario confirmarlo por escrito en el plazo de dos días a partir de la recepción de los productos.
2. Las reclamaciones relativas a defectos no visibles en los productos suministrados deberán comunicarse a IBH inmediatamente tras su descubrimiento; si el aviso no se hace por escrito, será necesario confirmarlo por escrito durante las 24 horas siguientes. El plazo de reclamación prescribe al cabo de un mes desde la entrega de los productos, sin excepciones.
3. Las reclamaciones deberán incluir, como mínimo:
a. una descripción detallada y precisa del defecto y del número de artículos afectados;
b. la mención, cuando proceda, de otros datos que permitan inferir que los productos que rechaza el comprador son los entregados por IBH.
4. El comprador deberá permitir a IBH comprobar in situ la validez de las reclamaciones y/o recuperar los productos. Los productos deben conservarse en su embalaje original.
5. Las reclamaciones relativas a una parte de los productos entregados no justifican la devolución de la totalidad de la entrega.
6. Una vez vencidos los plazos antes mencionados, se considerará que el comprador ha aceptado la correspondiente entrega o factura. IBH ya no aceptará reclamaciones.
8. RESPONSABILIDAD
1. IBH no se responsabiliza de los daños y perjuicios sufridos por el comprador, salvo que este demuestre la existencia de intencionalidad o negligencia grave por parte de IBH.
2. Los defectos relativos a requisitos fitosanitarios u otras normas del país de importación no dan derecho al comprador a reclamar ninguna indemnización ni la resolución del contrato, a no ser que hubiera informado por escrito a IBH de la existencia de esos requisitos en el momento de la firma del contrato o con anterioridad.
3. IBH no será responsable en ningún caso por daños y perjuicios en concepto de pérdidas comerciales, demora, lucro cesante, paralización del negocio u otros daños indirectos que sufra el comprador. Si, a pesar de todo, IBH se viera obligada a indemnizar, su responsabilidad estaría expresamente limitada al importe facturado, IVA no incluido, por la parte de la entrega de la que se deriven los daños.
4. Salvo que se indique expresamente lo contrario, los productos suministrados están destinados exclusivamente a usos decorativos y no son aptos para uso interno. IBH advierte que los productos pueden resultar dañinos para humanos o animales en caso de uso inadecuado, consumo, contacto o hipersensibilidad. El comprador tiene la obligación de comunicar esta advertencia a sus clientes, y exime a IBH de cualquier responsabilidad frente a terceros, incluidos los usuarios finales, por esta causa.
9. PAGO
1. A elección de IBH, el pago se efectuará:
a. al contado neto en el momento de la entrega, o
b. en un plazo de 10 días a partir de la fecha de factura mediante ingreso o transferencia a la cuenta bancaria o postal que especifique IBH, salvo que se acuerde algo distinto.
En caso de que se acepten cheques, cualquier coste asociado se repercutirá al comprador.
2. El comprador no tiene derecho a deducir ninguna suma del precio de compra
en concepto de ninguna supuesta reclamación. Tampoco podrá suspender el pago de lo adeudado por ese motivo. Es decir: no se admiten las acreditaciones unilaterales, que constituyen causa inmediata de incumplimiento contractual por parte del comprador.
3. El no cumplir el plazo de pago acordado supondrá un incumplimiento de los deberes del comprador. En esa circunstancia, IBH tendrá derecho a cancelar el contrato con efecto inmediato mediante la simple notificación al comprador (cláusula de cancelación expresa). IBH estará exento del pago de daños y perjuicios por las consecuencias que pueda sufrir el comprador por dicha cancelación.
4. En caso de incumplimiento de los deberes del comprador, IBH tendrá derecho al cobro de un 0,033 % diario (12 % anual), o bien de los intereses legales si fueran de mayor cuantía, desde la fecha de vencimiento de la factura hasta el día en que se complete el pago.
5. En caso de incumplimiento de los deberes del comprador, IBH también tendrá derecho a que se le subsane cualquier pérdida relacionada con el tipo de cambio.
6. Si es necesario recurrir a la intervención de terceros para que se efectúe el pago, los costes judiciales y extrajudiciales asociados —con un mínimo del 15 % de la suma pendiente— correrán por cuenta del comprador y serán exigibles de inmediato.
10. RESERVA DE DOMINIO
1. Todos los productos suministrados seguirán siendo propiedad de IBH hasta que el comprador realice el pago completo de las cantidades adeudadas.
2. El comprador no podrá pignorar los productos ni constituirlos en ninguna otra forma de garantía hasta completar el pago. En caso de que terceras personas soliciten o pretendan solicitar un embargo de los productos o disponer de ellos de cualquier otra forma, el comprador deberá avisar de inmediato a IBH.
3. Cuando IBH desee ejercitar los derechos que le confiere la reserva de dominio, el comprador deberá cooperar plenamente al primer requerimiento y asumiendo los gastos. El comprador es responsable de todos los gastos que soporte IBH por ejercer su reserva de dominio y cualquier acción relacionada, así como de los daños directos e indirectos que sufra IBH.
4. En cuanto a los productos destinados a la exportación, desde el momento de su llegada al país de destino se aplicarán los efectos jurídicos de la reserva de dominio que contemple su legislación. A partir de entonces, cuando así lo permita el derecho del país en cuestión, además de lo dispuesto en los apartados 1 a 3 se aplicará lo siguiente:
a) En caso de incumplimiento por parte del comprador, IBH tendrá derecho a tomar posesión inmediata de los productos entregados, así como de los materiales de embalaje y transporte que los acompañen, y a disponer de ellos a su discreción. Cuando la ley así lo estipule, supondrá la cancelación del correspondiente contrato.
b) El comprador tiene derecho a vender los productos en el ejercicio normal de sus actividades comerciales. Por la presente cede todos los derechos que la venta le confiera respecto al tercero. IBH acepta la cesión y se reserva la facultad de cobrar por su cuenta esos derechos en caso de que el comprador no cumpla debidamente su obligación de pago e incurra, suponiendo que esto último sea un requisito necesario, en incumplimiento de sus deberes contractuales.
c) El comprador tiene derecho a procesar los productos en el ejercicio normal de sus actividades comerciales, aunque sea junto con productos que no procedan de IBH. IBH se convertirá en (co)propietaria de los nuevos artículos en la proporción en que se compongan de sus productos; por la presente, el comprador le transfiere esa propiedad, e IBH la acepta.
d) Cuando la ley disponga que, a petición del comprador, IBH debe renunciar a una parte de las garantías estipuladas en caso de que superen en un determinado porcentaje los importes pendientes, IBH aceptará esa petición tan pronto como el comprador lo solicite, siempre que sus registros contables confirmen que está justificada.
11. DERECHO APLICABLE Y CONTROVERSIAS
1. OTodos los contratos y ofertas a los que se apliquen íntegra o parcialmente estas Condiciones Generales están sujetos al derecho neerlandés, con exclusión explícita de las disposiciones de la Convención de Viena sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías.
2. El comprador deberá someter todos los litigios relacionados con los contratos y ofertas a los que se apliquen estas condiciones exclusivamente al órgano jurisdiccional neerlandés competente del territorio donde está establecida IBH. IBH puede optar por presentar sus litigios ante el órgano jurisdiccional competente del territorio donde esté establecido el comprador.
3. Como excepción a lo dispuesto en 11.2, IBH y el comprador pueden acordar someter cualquier litigio a un comité de arbitraje que se guíe por el Reglamento del Instituto Neerlandés de Arbitraje, cuyo laudo será vinculante para ambas partes.
12. DISPOSICIÓN FINAL
1. Para todo lo no previsto en las presentes Condiciones Generales se aplicará el derecho neerlandés.
2. En caso de que alguna parte o disposición de estas Condiciones Generales carezca de validez de conformidad con el derecho neerlandés por contravenir alguna estipulación legal obligatoria, las demás disposiciones conservarán su vigencia. En lugar de aplicar la disposición carente de validez, las partes actuarán como si, de haber sido conscientes de la existencia del vicio, hubiesen acordado otra cláusula válida de efecto idéntico o lo más similar posible al que se pretendía.
Noviembre de 2017